Consulado General y Centro de Promoción en Nueva York

Pasaporte Biométrico

Fecha de actualización: 12/01/2023

El pasaporte biométrico posee una validez improrrogable de 10 años para mayores de edad y de 5 años en el caso de menores de edad. Pueden tramitarlo las personas que sean argentinas y residentes en la jurisdicción del Consulado.

NO SE TRAMITARAN PASAPORTES ORDINARIOS A PERSONAS RESIDENTES EN OTRAS JURISDICCIONES. 

La calidad de residente surge del domicilio consignado en el DNI. Quienes residan en la jurisdicción, pero no hayan realizado el cambio de domicilio en su DNI, deberán tramitarlo junto con su pasaporte.

De no residir en nuestra jurisdicción, consulte por el Consulado correspondiente.

Los pasaportes se imprimen en la Argentina. Al iniciar el trámite, debe tener en cuenta tanto la disponibilidad de turnos como que no recibirá su documento de forma inmediata. El tiempo entre la toma de trámite y la recepción del documento por el Consulado ronda los 45 días, aunque este plazo puede ser mayor. Es de suma importancia que inicie el trámite con la debida antelación. 

Los pasaportes son entregados a los solicitantes en el Consulado. De manera excepcional, usted puede solicitar que la documentación le sea enviada a su cargo. Consulte por correo electrónico escribiendo a cnyor-tramites@mrecic.gov.ar o comuníquese al (212) 603-0400 "Opción 3" en horario de atención al público. Bajo ningún concepto se entregará documentación a terceras personas sin la debida autorización. 

Para más información sobre la entrega de documentos, haga click aquí.

IMPORTANTE: QUIENES NO HAYAN REALIZADO OPORTUNAMENTE EL CANJE DE LIBRETA CÍVICA O DE ENROLAMIENTO, O HUBIEREN CUMPLIDO LOS 18 AÑOS SIN HABER REALIZADO LA ACTUALIZACIÓN DE MAYOR EN SU DNI, NO PODRAN TRAMITAR EL PASAPORTE HASTA TANTO NO OBTENGAN SU NUEVO DNI. TAMPOCO EN LOS CASOS DE RECTIFICACIÓN DEL LEGAJO IDENTIFICATORIO Y/O DNI. 

Si debe tramitar su DNI, puede obtener más información haciendo click aquí.

 

Requisitos para mayores de 18 años

  • Solicitar turno comunicándose de lunes a viernes de 9AM a 1PM y de 2PM a 5PM al teléfono: (212) 603-0400 "Opción 2" o por correo electrónico escribiendo a cnyor-tramites@mrecic.gov.arNo se atenderá a personas sin turnoTenga presente que la inasistencia sin aviso ni justificación perjudica a otras personas. Si por algún motivo no puede asistir, por favor avise al Consulado. Así su turno podría ser utilizado por otra persona.
  • Presentar el último ejemplar de su DNI. Si el ejemplar presentado no es el último, usted no podrá realizar el trámite, salvo en casos de renovación por robo, extravío, deterioro, cambio de domicilio u opciones de nacionalidad de menores de 14 años, supuestos en que se hará el trámite combinado
  • Cuando en su último ejemplar de DNI figura un domicilio ajeno a nuestra jurisdicción, deberá junto con el trámite de Pasaporte, realizar el cambio de domicilio en su DNI, abonando el costo correspondiente a dicho trámite (USD 15). Consulte la sección relativa a la renovación de DNI/ cambio de domicilio para más información.
  • Presentar su último Pasaporte o, en caso de extravío o robo, la correspondiente denuncia policial donde conste su nombre completo, el número del reporte policial y el detalle del extravío de su pasaporte argentino. Tenga en cuenta que muchas comisarias exigen una nota del Consulado antes de tomar la denuncia. Consulte por correo electrónico a cnyor-tramites@mrecic.gov.ar en caso de que deba realizarla. 
  • En caso de poseerla, Partida de Nacimiento o acta de opción de nacionalidad.
  • Comprobante del domicilio actual (servicios, licencia de conducir, resumen del banco, etc.) dentro de los Estados de NEW YORK, CONNECTICUT, MAINE, MASSACHUSETTS, NEW HAMPSHIRE, NEW JERSEY, RHODE ISLAND y VERMONT.
  • Completar Formulario Online y presentar el número de confirmación del mismo.
  • Quienes deseen efectuar cambios de nombre, estado civil o género deberán presentar la partida que corresponda, rectificada y original.
  • Abonar el arancel consular de USD 165. Este monto no incluye los USD 15 correspondientes al cambio de domicilio en su DNI, en caso de que deba hacerlo. Se puede abonar con tarjeta de débito o “Money order” pagadero al “Consulate General of Argentina in New York”. No se aceptan cheques ni dinero en efectivo. 

SE AGRADECERÁ QUE AL MOMENTO DEL TRÁMITE SE PRESENTE CON FOTOCOPIA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL A PRESENTAR.

 

Personas menores de edad

En el caso de las personas menores de 18 años, además de los requisitos mencionados, se debe presentar:

                 - Partida de nacimiento argentina o acta de opción de nacionalidad.

                 - Documentos de quienes ejerzan la responsabilidad parental, que deberán estar presentes.

Si una de las personas que ejercen la responsabilidad parental (o ambas) no pudiera concurrir al Consulado, quien se presente en su lugar deberá acompañar un poder, autorización o venia de viaje válida, donde se autorice expresamente la tramitación de un pasaporte para la persona menor de edad. En el caso de autorizaciones otorgadas fuera de la Argentina, éstas deberán estar apostilladas. 

Si el padre o la madre hubieren fallecido o  por algun motivo perdido el ejercicio de la responsabilidad parental, se debe presentar la partida de defunción o el instrumento público que acredite dicha circunstancia. En su caso, se debe presentar la sentencia judicial en la que se nombra tutor o tutora. En el caso de documentos emitidos fuera de la Argentina, éstos deberán estar apostillados. 

 

Cambio de nombre o estado civil

Se informa que el trámite de solicitud de adición de apellido del cónyuge o de cambio o sustitución del apellido por el del otro cónyuge, requiere ineludiblemente la rectificación previa del acta de nacimiento. Para más información, consulte aquí.

En caso de desear cambiar información relativa a su estado civil, deberá presentar partida de matrimonio, divorcio o defunción originales. Las partidas emitidas por países extranjeros, deberán tener la Apostilla de la Haya o la legalización internacional correspondiente. El estado civil no se refleja en el documento.

 

DNI y Pasaporte para personas no binarias

En el marco de la Ley 26.743 de Identidad de Género y conforme al Decreto 476/21, el DNI y Pasaporte para personas no binarias busca garantizar el derecho a la identidad de género de las personas que no se autoperciben femeninas ni masculinas, quienes podrán optar por colocar la nomenclatura “X” en el campo “sexo” de sus documentos de identificación.

Todas las personas que se autoperciban con un género distinto al masculino o femenino y posean la partida rectificada en el Registro Civil donde se registró el nacimiento, pueden iniciar el trámite de su DNI y Pasaporte no binario.

Las personas que opten por colocar la nomenclatura “X” en el campo “sexo” de sus documentos de identificación, deberán firmar el documento “Deber de Informar”, a fin de dejar asentado que tomaron conocimiento sobre las posibilidades de ver restringido su ingreso, permanencia y/o situación de tránsito en aquellos países que no reconozcan otras categorías de sexo que no sean las binarias.

 

Pasaporte al instante/ pasaporte exprés en la Argentina

Si viaja a la Argentina y su documento de viaje está próximo a vencer, recuerde que en algunos aeropuertos argentinos puede tramitar su pasaporte al instante. También puede solicitar el servicio de pasaporte exprés en el Registro Civil. Estos trámites no dependen en modo alguno del Consulado General y Centro de Promoción Argentina en Nueva York. 

Si su pasaporte se encuentra vencido y debe dirigirse a la Argentina sin poder aguardar la llegada de su nuevo ejemplar, puede tramitar en el Consulado un pasaporte provisorio para viajar y, una vez en el país, renovar su pasaporte biométrico a través de los métodos indicados en el párrafo anterior.

 

 

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular