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Visa Técnica y/o Profesional

Cómo se solicita

Los documentos para la obtención de la visa tendrán que ser presentados, en persona,  el día de la entrevista. El Departamento de Visas realizará  entrevistas, previamente concertadas, los días lunes, miércoles y viernes de 10.00 AM  a 12.30 PM. El Consulado permanecerá cerrado los días feriados argentinos y estadounidenses.

Para inquietudes sobre el proceso de una visa o para establecer una cita debe enviar un correo electrónico a cnyor-visas@mrecic.gov.ar

El Consulado  recomienda que los solicitantes realicen el trámite de obtención de la visa con al menos 45 días de antelación al viaje planificado y que se abstengan de hacer planes de viaje irrevocables hasta que la visa haya sido emitida.

VISA DE TECNICOS/PROFESIONALES

Los países en esta lista NO requieren visa técnica/profesional para viajar a la Argentina.

Si su país no se encuentra en la lista anterior, por favor solicite una entrevista a cnyor-visas@mrecic.gov.ar. El solicitante debe presentarse en persona con la siguiente información en la fecha de su entrevista:

Requisitos

1. PASAPORTE o DOCUMENTO DE VIAJE: Presentar ORIGINAL y COPIA de 1º pagina. El pasaporte o documento de viaje debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco disponibles.

2. UN (1) FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA  - FSV  Completo, preferentemente en forma electrónica y firmado por el solicitante.

  • Los solicitantes de visas de: Kosovo,  República Árabe Saharaui  Democrática y Taiwán, deben solicitar un certificado de viaje por lo menos 15 días antes de viajar a Argentina.

3. DOS (2) FOTOS ACTUALES: De frente, a color, con fondo blanco, de 2 x 2 pulgadas.

4. COMPROBANTE del ESTATUS MIGRATORIO en los EE.UU.: Presentar ORIGINAL y COPIA  de su estatus migratorio en los EE.UU. (Ej.: Tarjeta de Registro de Extranjero, visa válida, formulario I-20 válido, etc.).

5. CARTA DE INVITACION de invitante en la REPUBLICA ARGENTINA

La nota podrá hacerse de acuerdo con alguno de los dos procedimientos que figuran a continuación:

A) Nota de invitación electrónica a través de la plataforma TAD
Las personas físicas que quieran invitar extranjeros firmarán digitalmente una carta de invitación electrónica que será remitida automáticamente al consulado involucrado para su verificación y el procesamiento del visado correspondiente. Con este procedimiento, no se requiere confeccionarla en papel, ni certificarla por escribano o enviarla por correo postal al consulado.
¿Quiénes pueden invitar mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia)?
       - a) Personas físicas debidamente inscritas en el RENURE que deseen hacerlo a título personal.
       - b) Personas físicas que inviten en nombre de una persona jurídica (empresa, institución) debidamente inscrita en el RENURE.
En este segundo caso, previamente, el representante legal de la empresa o institución, en su carácter de Administrador de Relaciones ante AFIP, deberá haber apoderado a la persona física que actuará como invitador, que puede ser él mismo. 
Si el representante legal no tramitó aún su condición de Administrador de Relaciones de la empresa o institución ante AFIP, deberá seguir las indicaciones de este enlace:

https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/VerGuia.aspx?t....

¿Cómo invito mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia)
       -1) La persona física ingresa al sitio web https://tramitesadistancia.gob.ar
       -2) Elige en la barra superior la opción "AFIP" y completa con su CUIT/CUIL y clave personal AFIP, para validar su identidad.
       -3) Tipea en el buscador "Carta de invitación" y selecciona el trámite "Carta de invitación para tramitar Visas de Extranjeros".
       -4) Selecciona si la carta se usará para invitar a más o menos de 5 extranjeros que visarán en un mismo consulado.
       -5) Presiona "completar" en el ítem "Datos del trámite" e indica el consulado argentino donde tramitará la visa el o los extranjeros. Cada carta podrá remitirse a un único consulado, pero podrá contener más de un invitado.
       -6) Presiona "completar" en el ítem "Carta de invitación" y rellena con los datos de la empresa en cuyo nombre actúa. Si actúa en nombre propio, los deja vacíos. De ser un apoderado migratorio, ingresa su número de credencial. Luego proporciona los de cada extranjero invitado. Si es más de uno, presiona el botón azul con un signo "más" para agregar nuevos registros. Los campos son todos obligatorios.
       -7) Si se trata de una invitación a más de cinco extranjeros, el sistema solicitará directamente subir un archivo Excel o pdf con el detalle de los extranjeros invitados (nombre, apellido, nacionalidad, pasaporte, teléfono de contacto, etc.).
       -8) Adjuntará copia escaneada del RENURE, el pasaporte del extranjero y toda otra documentación que estime pertinente relacionada con el trámite.
       -9) Presionará "confirmar trámite" para cerrar el TAD.

 

B) Nota de invitación en formato papel - Presentar ORIGINAL y COPIA.
Toda persona física o jurídica radicada en la Argentina que invite extranjeros a realizar actividades profesionales en nuestro país debe estar inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones. Para informes sobre inscripción comunicarse al (+54-11) 4317-0289.

Una vez inscripto en RENURE, el invitante deberá confeccionar una carta de invitación para enviar a la autoridad consular argentina en el exterior. Dicha nota sirve al sólo efecto de dar inicio al trámite de solicitud de visado y no garantiza, bajo ningún concepto, el otorgamiento de visa al extranjero. Esta nota es de carácter formal y deberá cumplir  requisitos.

6. CARTA DE TRABAJO que acredite la actividad comercial/laboral desarrollada en el país de origen.

7. ARANCEL. El costo de la visa es de  U$S 200 y sólo se podrá abonar mediante Tarjeta de DÉBITO o Money Order  a nombre del  "Consulado General de Argentina en Nueva York". No se acepta dinero en efectivo o cheques.

  • En caso de un certificado de viaje, el arancel de la visa será de U$S 250 (Véase el número 2).

8. ENTREVISTA. Todos los solicitantes de visa deben presentarse en persona para una entrevista con un oficial consular.

9. Al requirente podría solicitársele la presentación de información adicional.

Proceso de la Visa

El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se le informará al interesado en estos casos. 

Existe un procedimiento expreso de emisión de visas, el cual, toma hasta 3 días hábiles y requiere el pago de U$S 40 en un Money Order individual. La calificación para este servicio depende de la disponibilidad. El procedimiento expreso NO se aplica en el caso de las visas que requieren 30-45 días de procesamiento..

Todos los solicitantes deben tener en cuenta que los tiempos mencionados son promedios normales  y están sujetos a fluctuaciones estacionales.

Retirar la Visa

Los pasaportes pueden ser retirados en persona o bien, el solicitante puede traer un sobre prepago con su nombre y dirección completa para recibir el pasaporte con la visa, en su domicilio. Solo se acepta  FEDEX. Es obligatorio presentar el comprobante de pago del envio. 

Sera responsabilidad  del solicitante  hacer un seguimiento del servicio de entrega del correo.

El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el consulado.

 

 

Fecha de actualización: 09/08/2024