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Visa de Residencia Permanente / Reunificación Familiar (para cónyuges e hijos de ciudadanos argentinos)

Updated date: 25/04/2023

VISA PERMANENTE para REUNIFICACIÓN FAMILIAR

La visa permanente para la reunificación familiar es para aquellos que residen en nuestra jurisdicción (véase el enlace a continuación) y también son:

A) Padre, cónyuge o hijo de ciudadano argentino nativo, naturalizado o por opción.
B) Padre, cónyuge e hijo menor de 18 años (al momento de inicio de tramite) o mayor con discapacidad de un extranjero con residencia permanente en Argentina.

Cómo se solicita

Los documentos para la obtención de la visa tendrán que ser presentados, en persona,  el día de la entrevista. El Departamento de Visas realizará  entrevistas, previamente concertadas. Para establecer una cita debe enviar un correo electrónico a cnyor-visas@mrecic.gov.ar

El Consulado permanecerá cerrado los días feriados argentinos y estadounidenses.

El Consulado  recomienda que los solicitantes realicen el trámite de obtención de la visa al menos con 45 días de antelación al viaje planificado y que se abstengan de hacer planes de viaje irrevocables hasta que la visa haya sido emitida.

Requisitos

1. PERMISO CONSULAR (PIC) emitido por el Consulado.

2. PASAPORTE. Presentar ORIGINAL y COPIA de 1º pagina. El pasaporte o documento de viaje debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles.

3. UN (1) FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV.  Completo, preferentemente en forma electrónica y firmado por el solicitante.

4. DOS (2) FOTOS ACTUALES: De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas.

5. COMPROBANTE del ESTATUS MIGRATORIO en los EE.UU.: Presentar ORIGINAL y COPIA  de su estatus migratorio en los EE.UU. (Ej.: Tarjeta de Registro de Extranjero, visa válida, formulario I-20 válido, etc.).

6. CERTIFICADO DE MATRIMONIO (Si aplica). Sólo los certificados emitidos por una autoridad gubernamental son aceptados. Estos deben ser traducidos al español por un traductor o agencia  e ir acompañadas de una "certifícate of accuracy", ademas, deben ser autenticados con  la  Apostilla de La Haya o por el correspondiente consulado argentino en el extranjero.

7. CERTIFICADO de NACIMIENTO (Si aplica). Debe ser emitido por autoridad gubernamental e incluir el nombre de los padres (se debe solicitar la forma extendida); de ser traducidos al español por un traductor o agencia  e ir acompañadas de una "certifícate of accuracy", ademas, debe ser autenticados con  la  Apostilla de La Haya o por el correspondiente consulado argentino en el extranjero.

8. DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI) del familiar argentino o residente permanente.

9. CERTIFICADO de ANTECEDENTES PENALES  (MAYORES de 16 AÑOS) emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años; debe ser traducido al español por un traductor o agencia  e ir acompañadas de una "certifícate of accuracy", ademas, debe ser autenticados con  la  Apostilla de La Haya o por el correspondiente consulado argentino en el extranjero.

Los registros policiales deben presentarse en papel con membrete oficial y debidamente firmados por el oficial de policía a cargo. A menos que se indique lo contrario, los registros policiales expiran después de 60 días de su emisión. No se aceptarán registros de la policía que hayan expirado en la fecha de presentación de solicitud de visa. En caso de que aparezca un arresto o condena en su certificado de antecedentes policiales, será necesaria la aprobación por parte de la autoridad migratoria argentina para emitir el visado.

10. DECLARACIÓN JURADA: de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul.

11. ARANCEL: Se aplicara la tarifa de U$S 250 y sólo se abonará con Tarjeta de DÉBITO o Money Order a nombre del  "Consulado General de Argentina en Nueva York". No se acepta dinero en efectivo o cheques.

  • Además: Se pagará Tasa de inmigración SOLO DESPUES DE LA ENTREVISTA DE VISA. Siga las instrucciones en el link más abajo

          a) Países del MERCOSUR y asociados U$S 300.
          b)
Países Extra MERCOSUR U$S 600

Link: https://dnm.provincianet.com.ar/#

12. ENTREVISTA. Todos los solicitantes de visa deben presentarse en persona para una entrevista con un oficial consular.

13. El funcionario consular podra solicitarle la presentación de información adicional.

Proceso de la Visa

El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se  informará al interesado en estos casos. 

Existe un procedimiento expreso de emisión de visas, el cual, toma hasta 3 días hábiles y requiere el pago de U$S 40 en un Money Order individual. La calificación para este servicio depende de la disponibilidad. El procedimiento expreso NO se aplica en el caso de las visas que requieren 30-45 días de procesamiento.

Todos los solicitantes deben tener en cuenta que los tiempos mencionados son promedios normales  y están sujetos a fluctuaciones estacionales.

Retirar la Visa

Los pasaportes pueden ser retirados en persona o bien, el solicitante puede traer un sobre prepago con su nombre y dirección completa para recibir el pasaporte con la visa, en su domicilio. Solo se acepta  FEDEX. Es obligatorio presentar el comprobante de pago del envio. 

Sera responsabilidad  del solicitante  hacer un seguimiento del servicio de entrega del correo.

El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el Consulado.

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular