- ¿PUEDO VOTAR? HAY TIEMPO HASTA EL 13 DE MAYO PARA CORROBORAR QUE TE ENCUENTRES EN EL PADRON PROVISORIO DEL DISTRITO DE ESTE CONSULADO Y ES LA ULTIMA OPORTUNIDAD PARA REALIZAR EVENTUALMENTE RECLAMOS PARA VOTAR AQUí EN LAS PROXIMAS ELECCIONES www.padron.gob.ar
. - ¿CUÁNDO SON LAS ELECCIONES? Las elecciones legislativas tendrán lugar el domingo 26 de octubre de 2025. Entre las 8:00 am y las 6:00 pm (hora local).
- ¿QUIÉN PUEDE VOTAR EN EL CONSULADO? Solo personas empadronadas en el Consulado Argentino en Nueva York.
- ¿QUÉ SE VOTA? Solo se votan cargos nacionales. Solo se puede participar desde el exterior en elecciones nacionales, sean estas presidenciales o legislativas. Podrás elegir los cargos nacionales que correspondan a la provincia de tu último domicilio. Si las elecciones provinciales tienen lugar en fechas diferentes a las fechas de elecciones nacionales, no está previsto que las personas puedan votar.
- ¿CÓMO ME EMPADRONO EN EL CONSULADO? Debés tramitar tu cambio de domicilio en el DNI a un domicilio en Nueva York, Nueva Jersey, Rhode Island, Connecticut, Massachusetts, Maine, Vermont o New Hampshire. Como fue anunciado en esta sección, el plazo para para hacer dicho cambio de domicilio y poder votar en las próximas elecciones VENCIÓ EL 19 DE ABRIL DE 2025. Si no hiciste el cambio de domicilio, probablemente no te encuentres en el padrón y, de ser así, no podrás votar.
- ¿CÓMO ME INFORMO SI ESTOY EN EL PADRÓN? El Padrón Provisorio fue publicado el 29 de abril y los reclamos sobre los datos que figuren en éste pueden realizarse hasta el 13 de mayo a través de la página web www.padron.gob.ar . Es la última posibilidad que prevé el cronograma electoral para la correcta inscripción de los ciudadanos en el padrón, de cara al proceso electoral en curso
- ¿ES OBLIGATORIO VOTAR? No hay obligatoriedad de votar para personas domiciliadas en el exterior. En dicho caso, desde los 16 años en adelante el voto es facultativo.
- ¿QUÉ NECESITO PARA VOTAR? En primer lugar, debés confirmar que te encuentres en el Padrón de la jurisdicción del Consulado. El DNI virtual no es válido para Votar. No se aceptan ejemplares de DNI anteriores al que figura en su padrón (A, B, C), ni cualquier otra variante. No se acepta el pasaporte en lugar del DNI. En breve publicaremos la opción de registro de voto por correo para los que lo prefieran (leer mas a continuación).
- ¿CÓMO JUSTIFICAR QUE NO VOTO POR ENCONTRARME EN EL EXTERIOR? Si tenés obligación de votar por tener domicilio en Argentina y te encontrás fuera de la circunscripción, debés justificar que no votás ingresando http://infractores.padron.gov.ar para cargar las constancias respectivas. Tenés 60 días para justificar. La justificación se hace una vez para cada elección, una vez concluida la elección.
- ¿QUÉ PASA SI TRAMITÉ MIS ÚLTIMOS DOCUMENTOS EN AEROPUERTOS ARGENTINOS DE FORMA EXPRESS, SHOPPING CENTERS U OTRAS OFICINAS PÚBLICAS? Se han conocido de casos de ciudadanos argentinos residentes en la jurisdicción de este Consulado General, que estando de visita en Argentina, tramitaron su pasaporte o DNI, declarando en esa oportunidad un domicilio de residencia argentina (por error o desconocimiento). Ello ha provocado, consecuentemente, que su empadronamiento se haya registrado en Argentina, dejando de aparecer en el Padrón de Electores en el Exterior. Por esta razón, como fue informado en esta sección, se debía tramitar el cambio de domicilio nuevamente en este Consulado General ANTES DEL 19 DE ABRIL para posibilitar la participación en las elecciones nacionales del mes de octubre próximo.
REGISTRO DE ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTERIOR Y VOTO POR CORREO
Mediante Decreto 239/2025 del 31 de marzo de 2025, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó la reglamentación de la Ley 24.007 y su modificatoria de creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior.
Iremos compartiendo toda novedad con nuestra comunidad por este medio y a través de nuestro website y redes sociales.