|
REGRESAR

Visas

 

  • IMPORTANTEPor razones de seguridad, la atención se realizará únicamente con turno previo y se solicita asistir sin acompañantes.

 

  • A partir del 15 de enero de 2026 se procede tomar como válidas y suficientes las tarjetas de residencia otorgadas por los Estados Unidos de América “Green Card” para autorizar y facilitar el ingreso  al Territorio Nacional de ciudadanos extranjeros de la REPUBLICA POPULAR DE CHINA, REPUBLICA DOMINICANA y la REPUBLICA DE LA INDIA, bajo las categorías de 'Turista' y 'Hombres de Negocios' sin necesidad de una visa consular.

 

Los ciudadanos estadounidenses no necesitan visa para ingresar a Argentina por turismo, con una estadía máxima de 90 días  (ver a continuación otras categorías de visas).

El pago de la tasa de Reciprocidad para CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES  ha sido suspendido desde el 24 de marzo de 2016

 

 

CATEGORIA DE VISAS

 

Haga click en el tipo de visa que usted está aplicando para ver los requisitos y el procedimiento para obtenerla. Si está interesado en una categoría de visa que no figura en la lista, envíe un correo electrónico a cnyor-visas@mrecic.gov.ar
 

- TRANSITORIO

 

Visa de Turista

 

Visa de Negocios (incluyendo la participación en ferias y exposiciones)

 

Visa Técnica / Profesional / Conferencias / Congresos o Eventos

 

Visa de Artista

 

Visa de Estudiante

 

Nómadas digitales
 

- TEMPORARIA

 

Visa temporaria de trabajo

 

Visa por nacionalidad

 

Visa para Religiosos del Culto Católico

 

Visas para Religiosos de Culto no Católico

 

- PERMANENTE

 

Visa permanente por reunificación familiar

 

DIPLOMÁTICA, OFICIALES y VISAS de cortesía

 

- AVE

Autorización de viaje electrónica (AVE)