1) Estudios formales: todo extranjero que solicita la residencia en la República Argentina sobre la base de estar registrado como estudiante regular en una institución educativa pública o privada perteneciente al sistema de enseñanza oficial, con el propósito de realizar estudios en escuela secundaria, universidad y estudios de postgrado.
(2) Estudios no formales: un extranjero al que se ha registrado o que desea ingresar al territorio nacional con el fin de asistir a un curso que no es parte del sistema educativo oficial, a pesar de que se enseña en una institución educativa reconocida oficialmente.
(3) Intercambio de Estudiantes: Un miembro de un programa de intercambio de estudiantes se entiende como todo extranjero que se registra para obtener la residencia en el país, basado en un acuerdo internacional para el intercambio de estudiantes entre la institución secundaria, universidad, y / o institución educativa de postgrado, oficialmente reconocido por la Republica Argentina, donde él / ella viaja al extranjero a estudiar en una escuela secundaria, universidad, institución educativa y / o de posgrado, reconocidos oficialmente en la República Argentina, con el propósito de realizar estudios parciales incluidos en el sistema educativo oficial.
(4) Los estudios parciales: son aquellos extranjeros que están registrados o a los que se les requiere ingresar al territorio nacional por una institución educativa reconocida oficialmente, con el fin de asistir a uno o más cursos para un título de grado formal sin la intención de graduarse en esa carrera, o con el fin de asistir a un curso impartido en esa institución educativa.
(5) Intercambio Cultural: Un miembro de un programa de intercambio cultural se entiende como todo extranjero al que se le requiere ingresar en el territorio nacional como participante en un programa de intercambio cultural, bajo la organización de las entidades incluidas en el Reglamento N ° 19 de Inmigración de fecha 29 de agosto de 1994, u otras instituciones similares, por ejemplo, Rotary International, AFS y Youth for Understanding.
(6) Pasantías: está disponible para países extranjeros que, por un acuerdo internacional entre una entidad de educación reconocida oficialmente pública o privada nacional y una entidad de educación en el extranjero, se le requiere ingresar en el territorio nacional con el fin de realizar prácticas relacionadas con su / sus estudios, capacitación y especialización, y a todo extranjero que debido a un requisito de su/sus planes de estudios en el extranjero, se le requiere entrar al territorio nacional por una entidad de educación pública o privada reconocida oficialmente, con el fin de realizar prácticas relacionadas con su / sus estudios, capacitación y especialización.