Consulate General and Promotion Center in New York

About the Consulate

Consular Services and Visas

Contact information

Visa de Trabajo

Updated date: 25/04/2023

VISA DE TRABAJO

Podrán solicitar esta visa de trabajo en este Consulado los extranjeros que residen dentro de nuestra jurisdicción y posean un contrato de trabajo celebrado en la Argentina,  o aquellos que sean transferidos desde una empresa en el extranjero hacia una filial en la Argentina por un período de al menos un año.

Cómo se solicita

Las solicitudes y documentos tendrán que ser presentados, en persona, el día de la entrevista. El departamento de visas realiza entrevistas los lunes, miércoles y viernes de 10.00hrs  a 12.30hrs. El Consulado permanecerá cerrado los días feriados argentinos y estadounidenses.

Para inquietudes sobre el proceso de una visa o para establecer una cita debe enviar un correo electrónico a:

 cnyor-visas@mrecic.gov.ar 

El Consulado  recomienda que los solicitantes realicen el trámite de obtención de la visa al menos con 45 días de antelación al viaje planificado y que se abstengan de hacer planes de viaje irrevocables hasta que la visa haya sido emitida.

Requisitos

1. PERMISO DE INGRESO (PIM) emitido por la Dirección Nacional de Migraciones y disponible en el Consulado (uno por cada solicitante).

2. PASAPORTE: Presentar ORIGINAL y COPIA de 1º pagina. El pasaporte debe ser válido y tener un plazo de vigencia mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha de ingreso al país y contar con una (1) hoja (dos carillas) en blanco, disponibles.

3. UN (1) FORMULARIO de SOLICITUD DE VISA FSV.  Completo, preferentemente en forma electrónica y firmado por el solicitante.

4. DOS (2) FOTOS ACTUALES: De frente, a color, con fondo blanco, de 1 ½ x 1 ½ pulgadas.

5. COMPROBANTE del ESTATUS MIGRATORIO en los EE.UU.: Presentar ORIGINAL y COPIA  de su estatus migratorio en los EE.UU. (Ej.: Tarjeta de Registro de Extranjero, visa válida, formulario I-20 válido, etc.).

6. CONTRATO de TRABAJO  o TRANSFERENCIA DENTRO DE UNA EMPRESA.  Contrato laboral suscrito por el empleador, en el cual conste el número de inscripción ante Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la entidad contratante, con firma de su representante certificada por "Escribano Público" argentino y legalizada por "Colegio de Escribanos" correspondiente. El solicitante del visado deberá firmar dicho contrato ante el cónsul.

Para la certificación consular de la firma del solicitante debe abonar un arancel de US $ 60.

En el caso de las transferencias dentro de una misma empresa: Copia simple del contrato de trabajo y constancia de trabajo emitida por la empresa en el exterior (la carta debe ser con membrete de la compañía y constar el puesto, antigüedad, remuneración mensual, y persona a contactar). Esta carta debe ser autenticada por “Notary Public” y “County Clerk”.

7. CERTIFICADO de ANTECEDENTES PENALES  (MAYORES de 16 AÑOS) emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años, debe ser traducido al español por un traductor o agencia  e ir acompañadas de una "certifícate of accuracy", ademas, debe ser autenticados con  la  Apostilla de La Haya o por el correspondiente consulado argentino en el extranjero.

Los registros policiales deben presentarse en papel con membrete oficial y debidamente firmados por el oficial de policía a cargo. A menos que se indique lo contrario, los registros policiales expiran después de 60 días de su emisión. No se aceptarán registros de la policía que hayan expirado en la fecha de presentación de solicitud de visa. En caso de que aparezca un arresto o condena en su certificado de antecedentes policiales, será necesaria la aprobación por parte de la autoridad migratoria argentina para emitir el visado.

8. DECLARACIÓN JURADA: de carencia de antecedentes penales en otros países, suscrita ante el cónsul.

9. ARANCEL: Se aplicará la tarifa de U$S 250 y sólo se abonará con Tarjeta de DÉBITO  o Money Order a nombre del  "Consulado General de Argentina en Nueva York". No aceptamos dinero en efectivo o cheques.

Ademas, se debe pagar un arancel de US $ 60 para la certificación consular de la firma del solicitante.

10. ENTREVISTA. Todos los solicitantes de visados deben presentarse en persona para una entrevista con un oficial consular.

11. El funcionario consular podrá solicitarle la presentación de información adicional.

Requisitos para los dependientes de un solicitante de visa de trabajo.

Si el empleado se está mudando a la Argentina con su / cónyuge y / o hijos, cada dependiente debe presentar los siguientes documentos, completos, firmados,  autenticados y traducido acorde con las normativas legales.

a. Pasaporte
b. Formulario FSV
c. Dos (2) fotos.
d. Comprobante de estatus migratorio en los EE.UU.
e. Certificado de nacimiento o acta de matrimonio (según corresponda)
f.  Venia de viaje (si aplica) Descargar Aqui.
g. Antecedentes penales (mayores de 16 años).
h. Declaración jurada (mayores de 16 años).
i.  Arancel: US $ 250 por cada solicitante.
j.  Permiso de ingreso consular.

Proceso de la Visa

El proceso de la visa normal demora 7-10 días hábiles. En algunos casos, el procedimiento requiere 30-45 días. Se  informará al interesado en estos casos. 

Existe un procedimiento expreso de emisión de visas, el cual, toma hasta 3 días hábiles y requiere el pago de U$S 40 en un Money Order individual. La calificación para este servicio depende de la disponibilidad. El procedimiento expreso NO se aplica en el caso de las visas que requieren 30-45 días de procesamiento.

Todos los solicitantes deben tener en cuenta que los tiempos mencionados son promedios normales  y están sujetos a fluctuaciones estacionales.

Retirar la Visa

Los pasaportes pueden ser retirados en persona o bien, el solicitante puede traer un sobre prepago con su nombre y dirección completa para recibir el pasaporte con la visa, en su domicilio. Solo se acepta  FEDEX. Es obligatorio presentar el comprobante de pago del envio. 

Sera responsabilidad  del solicitante  hacer un seguimiento del servicio de entrega del correo.

El Consulado no se hace responsable de los retrasos o pérdida de documentos efectuados por la oficina de correos una vez que la documentación ha sido enviada desde el Consulado.

 

 

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular